[Eutanasia proviene del griego: eu que se refiere a ‘lo bueno’ y thanatos que significa ‘muerte’; así, el sentido ancestral que conlleva el término eutanasia es el de ‘buena muerte’.]
Que le sea garantizado el ejercicio del derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia, una vez ha expresado de forma libre, inequívoca e informada esta voluntad y a ser evaluado para confirmar que esta decisión no es resultado de la falta de acceso al adecuado alivio sintomático (4.5.2.11).
Resolución 229 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
La eutanasia es el acto médico mediante el cual se adelanta la muerte de una persona que por tener una enfermedad degenerativa e incurable ha expresado su deseo de que no se le prolongue su intolerable sufrimiento físico y/o psicológico.
La eutanasia es un acto voluntario, meditado y jamás improvisado ni irreflexivo con el cual una persona desea terminar su vida porque sufre de manera intolerable por una enfermedad crónica irreversible, una enfermedad terminal y/o un estado de agonía.
La eutanasia está legalmente permitida en Colombia desde 1997 cuando fue despenalizada por la Corte Constitucional y ha sido reglamentada desde 2017 mediante varias resoluciones del Ministerio de Salud y Protección Social y ratificada mediante nuevas sentencias de la Corte Constitucional.